Cómo legalizar mi Casa Rural

Cómo legalizar mi Casa Rural

Se trata de un proceso bastante fácil y que se resuelve en poco tiempo. Para legalizar tu casa rural sólo hay que tener en cuenta los puntos que vamos a tratar a continuación. Sabemos que como ciudadanos es nuestra obligación tener en regla nuestro alojamiento aunque tras el análisis de las ventajas y desventajas de la legalización comprobaremos que merece la pena hacerlo.

Por norma general, los propietarios de alojamientos rurales no legalizan su actividad por no tener un conocimiento claro de los trámites que se deben realizar, ni cual será el coste económico de estos trámites. Por otro lado existe un miedo al “papeleo” y los inspectores, muchas veces motivado por la apatía.

 

Consecuencias de no legalizar mi casa rural

  • Podemos recibir una sanción por actividad ilícita, en este caso será la Administración quien nos denuncie.
  • También podemos recibir una sanción por competencia desleal, siendo en este caso, otros propietarios de alojamientos quien nos denuncien, o incluso un cliente.
  • En el caso en que un inquilino tuviese un accidente, no se podría usar un seguro de responsabilidad civil. Por tanto, no podemos protegernos.

 

¿Cuales son los trámites para legalizar mi casa rural?

Los trámites para darse de alta en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA) son gratuitos y normalmente no se eternizan en el tiempo. Para comenzar los tramites sólo debemos rellenar:

1. Declaración Responsable

2. Anexos

Para poder rellenar los documentos anteriores, deberemos aportar una serie de documentos y datos, son los siguientes:

  • Demostremos la titularidad. Escritura, nota simple, contrato de arrendamiento, contrato de cesión de uso turístico…
  • Idoneidad de la vivienda. Licencia de obras para justificar su legalidad urbanística y de 1ª o 2ª ocupación, para saber si cumple unos mínimos de habitabilidad.
  • Acceso. Debe ser practicable con un turismo.
  • Luz. Se puede justificar con una factura de suministro eléctrico.
  • Agua. Si es de la red un recibo, si es de pozo o manantial análisis de potabilidad y deposito de 200 litros por plaza.
  • Depuración de aguas. Si es de la red, un recibo, sino depuradora con contrato de servicios.
  • Botiquín. Con lo esencial, solo lo anotan en acta.
  • Luces de emergencia. Solo lo anotan en acta.
  • Extintores. Solo lo anotan en acta.
  • Acceso a personas con movilidad reducida. Las VTAR no tienen que cumplirla y el resto podría pedir dispensa, solo lo anotan en acta.
  • Licencia de actividad. La debe emitir el ayuntamiento aunque no suele hacerlo, solo lo anotan en acta.

Con esto tenemos todos los papeles en regla, para adaptar nuestro alojamiento a la normativa. Pero primero debemos elegir que tipo de figura alojativa se adapta más a nuestras necesidades.

 

Características que deben cumplir las casas rurales y VTAR

Dentro de la figura de casa rural encontramos dos clasificaciones, casa rural básica y casa rural superior. Por otro lado tenemos las viviendas turísticas para alojamiento rural (VTAR) que en especificaciones se equiparan con las casas rurales básicas. Veamos en que se diferencian y que características deben tener cada una:

Casas Rurales Básicas y VTAR (mismos requisitos)

Viviendas independientes con un máximo de 20 plazas y de las cuales no pueden existir mas de 3 viviendas en el mismo edificio.

  • Salones. Deben tener una medida mínima de 12 m2 y pueden estar repartidos en dos estancias. Deben mantener una temperatura de 19º en la temporada de septiembre a abril y contar con mobiliario y decoración con estética andaluza.
  • Cocina. Debe tener espacio adecuado a las plazas y estar dotado de horno o microondas, frigorífico, vajilla, cubertería, cristalería, utensilios de cocina y limpieza en razón a las plazas ofertadas. Fregadero con agua caliente/fría y escurridor, además de ventilación directa o forzada con extracción de humos.
  • Dormitorios. Deben contar con una superficie de 7 m2 para simples, 10 m2 para dobles y 4 m2 más por plaza adicional, se computaran los armarios empotrados pero no las terrazas. Mesillas de noche, cama individual de 90x180 y doble de 135x180 como mínimo y de elevada rigidez. Un armario por cada 4 plazas y un punto de luz próximo a la cama. Altura libre de techos de 2 metros, si es buhardilla, en el 70 % debe tener como mínimo 2 metros. Iluminación y ventilación directas al exterior y ventanas con tapaluces y/o cortinas. Debe mantener una temperatura de 19 grados, tener acceso desde elementos comunes y un juego de cama por semana.
  • Servicios higiénicos. Debe tener al menos un cuarto de baño por cada 6 plazas o fracción, con agua caliente, fría, lavabo, bañera o ducha e inodoro y situado en el mismo cuerpo de edificación que las habitaciones. Estará provisto de espejo, toallero, perchero y repisa. El caudal de agua caliente disponible deberá asegurar el aseo, incluyendo ducha de todas las personas usuarias a lo largo de una hora. Tendrá ventilación directa o forzada y lencería de baño en razón de los ocupantes al menos de dos juegos por plaza.

Casas rurales de categoría superior

Además de las especificaciones anteriores, esta categoría debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Salones y comedores. Deben tener un tamaño mínimo 15 metros cuadrados más 2m cuadrados adicionales por cada persona a partir de la tercera. Contar con calefacción y mantener 21 grados.
  • Cocina. Debe ser independiente, exceptuando el caso de que sea cocina-comedor mientras tenga salón independiente.
  • Dormitorios. Deben tener una superficie mínima para simple de 10 metros cuadrados, para dobles 14 y 18 para triples. Los tamaños mínimos de las camas son, 190x90, 190x140, no contabilizando como plazas ni sofá-cama, ni litera. Además deben tener un armario por habitación, espejo de medio cuerpo, una silla o sillón por persona, mesita de escribir y elementos decorativos.
  • Servicios higiénicos. El baño debe contar con una superficie mínima de 3,5 m2 con bañera, bidé, inodoro y lavabo (baño completo) por cada 4 plazas. La cantidad de agua acumulada se establece en 20 litros a 90 grados por el numero de plazas.
  • Servicios adicionales. Calefacción de instalación fija manteniendo entre 19 y 21º en todo el área y con reguladores de temperatura. Instalación eléctrica de 220 voltios totalmente empotrada y con toma de tierra. Gestión de residuos, aislamiento térmico, ahorro de energía y agua. Predominancia de materiales naturales y tradicionales en construcción, mobiliario y decoración.

 

Diferencias fiscales entre casa rural y VTAR

Para poder determinar de forma correcta la figura alojativa que se ajusta a nuestro perfil, deberemos tener en cuenta que...

Las VTAR:

  • No son empresas
  • No emiten facturas
  • Tributan por rendimientos de patrimonio
  • No pueden ser promocionadas por las administraciones públicas
  • No tienen accesos a ayudas publicas

Las casas rurales:

  • Son empresas o autónomos
  • Emiten facturas
  • Tributan en régimen de IVA o módulos
  • Pueden ser promocionadas por las administraciones
  • Pueden tener acceso a ayudas publicas

Finalmente, después de elegir la figura y tener toda la documentación, como hemos dicho antes, podemos comenzar los trámites rellenado la Declaración Responsable y los Anexos.

 

Te ofrecemos asesoramiento y gestionamos el alta por ti

Si quieres que te ayudemos con los trámites para legalizar tu casa rural solo tienes que ponerte contacto con nosotros. No lo dudes y confía en nuestra amplia experiencia en turismo rural.

 

Contacta con nosotros

Responsable de tratamiento: Andalucía Típica S.L., con NIF B56005986, domicilio social en Calle Santa Ana, 7, 14810, Carcabuey, Córdoba, España, y datos de contacto (+34) 957 553 710 / info@andaluciatipica.com.

La información que nos facilita será tratada con la protección, responsabilidad y seguridad exigida por la normativa vigente, siendo utilizada exclusivamente para la prestación de los servicios ofrecidos por nuestra parte, para el envío de comunicaciones de interés, promociones, ofertas y/o información general.
Los datos proporcionados se conservarán mientras no solicite su supresión o finalice la relación contractual que pudiera adquirir con nuestra entidad. De igual modo, no serán cedidos a terceros salvo en los casos en que exista obligación legal, teniendo derecho por su parte a obtener confirmación sobre si estamos tratando sus datos personales, pudiendo acceder a los mismos, rectificarlos si son inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos.

Si lo desea, puede visitar nuestro Aviso legal o nuestra Política de cookies para ampliar información.

 

comentario/s para "Cómo legalizar mi Casa Rural"

Imagen de Constantin

Lunes, 6 Marzo, 2017 - 17:00 por Constantin (no verificado)

Hola, el tema fiscal como afecta realmente al alquilar una vivienda turistica de alojamiento rural? es que leendo me encontre que se tributa incluso por dias que no esta alquilada la vivienda es eso sierto y como se debe de calcular realmente si el valor catastral de la vivienda es de 90.000mil euros. Gracias

Imagen de Andalucía Típica

Lunes, 27 Marzo, 2017 - 20:37 por Andalucía Típica

Hola Blanca, para una información más específica sobre el alquiler de viviendas contacta con info@andaluciatipica.com

Imagen de Blanca

Lunes, 27 Marzo, 2017 - 14:36 por Blanca (no verificado)

Hola, para alquilar habitaciones de una Casa Rural, es necesario darse de alta de automo para solicitar la licencia de actividad? Gracias

Imagen de rebeca

Martes, 31 Mayo, 2016 - 08:38 por rebeca (no verificado)

Buenas. Tengo una casa rural cuya propiedad del suelo pertenece a mi suegro (en las escrituras él es el propietario de la finca) Actualmente mi marido y yo tenemos la cedula de habitabilidad de la vivienda a nuestro nombre, ¿sería eso suficiente para demostrar la titularidad? Podríamos hacer una compraventa del terreno pero queremos evitarlo puesto que mi suegro es mayor y en pocos años por herencia será de mi marido. ¿Habría posibilidad de ponernos como titulares sin aparecer en las escrituras de la casa? Gracias

Imagen de Andalucía Típica

Martes, 31 Mayo, 2016 - 10:37 por Andalucía Típica

Hola Rebeca. En principio y sin conocer el caso en profundidad quizás lo mejor es poner a su suegro de propietario y ustedes de explotadores. No conozco el caso por lo que le recomiendo realicen los trámites con precaución o se asesoren bien. Tenemos un servicio de asesoramiento en el que le realizamos los tramites hasta la consecución del número de inscripción en el RTA por solo 100 €, si lo desean no duden en contactar con nosotros. Muchas gracias ;)

Imagen de luis

Lunes, 17 Octubre, 2016 - 17:14 por luis (no verificado)

BUenos días, tengo una consulta Quiero alquilar una casa Rural que tengo, solo en forma de alojamiento, ya soy autónomo, es necesario que me de de alta en algún epígrafe en concreto? o no es necesario solo para el alquiler?

Imagen de rocio

Jueves, 27 Abril, 2017 - 23:59 por rocio (no verificado)

hola, tengo una nave legalizada que me gustaria convertirla en VTAR, el arquitecto me comenta que no se puede por estar a menos de 2 km del nucleo urbano mas proximo, hay alguna otra figura para poder ofrecerla legalmente como alojamiento turistico?

Imagen de Andalucía Típica

Sábado, 29 Abril, 2017 - 16:59 por Andalucía Típica

Hola Rocío, cualquier duda mejor manda un correo a info@andaluciatipica.com o llama al 957 553 710, le atenderemos expresamente en su caso. Gracias.

Imagen de Mariano Cabezas Voigt

Lunes, 11 Junio, 2018 - 01:35 por Mariano Cabezas... (no verificado)

Un amigo y yo queremos adquirir (50/50) como sociedad una casa rural para su explotacion como VTAR. ¿Que tipo de sociedad sería la más recomendable sin que tengamos que incribirnos como autónomos? Yo soy de nacionalidad española y estoy afincado en Andalucía y mi amigo es de nacionalidad alemana y está afincado en Alemania.

Imagen de acisclomarin@agrosubbetica.com

Jueves, 10 Agosto, 2023 - 11:31 por acisclomarin@ag...

Lo sentimos, pero en estos momentos no damos ese servicio

Déjanos tus comentarios

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Responsable de tratamiento: Andalucía Típica S.L., con NIF B56005986, domicilio social en Calle Santa Ana, 7, 14810, Carcabuey, Córdoba, España, y datos de contacto (+34) 957 553 710 / info@andaluciatipica.com.

La información que nos facilita será tratada con la protección, responsabilidad y seguridad exigida por la normativa vigente, siendo utilizada exclusivamente para la prestación de los servicios ofrecidos por nuestra parte, para el envío de comunicaciones de interés, promociones, ofertas y/o información general.
Los datos proporcionados se conservarán mientras no solicite su supresión o finalice la relación contractual que pudiera adquirir con nuestra entidad. De igual modo, no serán cedidos a terceros salvo en los casos en que exista obligación legal, teniendo derecho por su parte a obtener confirmación sobre si estamos tratando sus datos personales, pudiendo acceder a los mismos, rectificarlos si son inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos.

Si lo desea, puede visitar nuestro Aviso legal o nuestra Política de cookies para ampliar información.